ASOCIACIÓN CIVIL DEPORTIVA Y CULTURAL DE PROFESIONALES DE VIEDMA Y PATAGONES

REGLAMENTO GENERAL PARA TORNEOS DE FUTBOL

Artículo 1º: Este reglamento será de aplicación en los torneos de fútbol de once jugadores en cancha por equipo, que organice la Asociación Civil Deportiva y Cultural de Profesionales de Viedma y Patagones (en adelante denominada “ADCP”).

Para el caso que alguna situación no se encuentre reglada en el presente, serán de aplicación las reglas particulares que la Comisión Directiva de la ADCP (en adelante denominada “Comisión Directiva”) establezca para cada torneo o, en su defecto, las disposiciones reglamentarias establecidas por la Asociación del Fútbol Argentino para los torneos de fútbol de once jugadores en cancha por equipo, siempre que estas últimas disposiciones no se contrapongan con el espíritu del Estatuto Social de la Asociación.-

Artículo 2º: Para poder ser parte integrante de los torneos de fútbol que organice la ADCP, los equipos deberán estar conformados por profesionales que se encuentren comprendidos en los agrupamientos definidos en el Anexo I que integra el presente reglamento.-

Artículo 3°: Al equipo que presente jugadores que contraríen lo dispuesto en el artículo precedente, le será retirado sin necesidad de interpelación alguna el o los jugadores que no se encuentren en condiciones de pertenecer al mismo, otorgándole a su vez al jugador excluido la oportunidad de sumarse a la plantilla de equipos de su agrupamiento, siempre que estos últimos presten la conformidad para ello.-

Artículo 4º: Para poder participar, los jugadores deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. a) Tener veintiséis años de edad cumplidos al momento del comienzo del torneo de que se trate.
  2. b) Haber concluido estudios universitarios o terciarios en carreras de tres años o más de duración.

Para la acreditación de estos dos extremos requeridos, el profesional postulante deberá acompañar:

  1. a) Original y fotocopia de DNI o en su defecto otro documento público identificatorio que no deje dudas sobre su identidad.
  2. b) Original y copia de título que acredite la carrera del profesional postulante o certificado de título en trámite expedido por la Universidad o Instituto en donde haya finalizado sus estudios.

Para el caso de las carreras que cumplen con los extremos del inciso b) precedente pero que no puedan acreditarse mediante la presentación de título, será facultad de la Comisión Directiva su aprobación a los fines de la incorporación del postulante al torneo de fútbol.

Artículo 5º: El nombre que identifique a cada equipo quedará determinado por la profesión mayoritaria que lo integre, de acuerdo a los agrupamientos establecidos en el Anexo del presente reglamento.-

Artículo 6º: Las listas de buena fe deberán ser presentadas en la fecha y con las formalidades que determine la Comisión Directiva, las cuales como mínimo deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. a) Contener un mínimo de dieciséis jugadores.
  2. b) Estar integrada exclusivamente por socios de la ADCP.
  3. c) Si la lista presentada contiene el ingreso de nuevos socios, deberá acompañarse indefectiblemente con la misma, bajo pena de exclusión del jugador irregular del campeonato, la ficha de asociación a la ADCP y libre deuda de cuota social. La presentación de esta documentación deberá realizarse en la oportunidad fijada por la Comisión Directiva para presentación de listas de buena fe. Los ingresos de documentación posteriores se tendrán por no presentados.-

Artículo 7º: Cada equipo participante nombrará a un delegado y un subdelegado que estará identificado en su lista de buena fe. El delegado o el subdelegado o aquel integrante del equipo que excepcionalmente cualquiera de aquellos determine, deberá concurrir a las reuniones que fije la Comisión Directiva y asumir las obligaciones que dicho cuerpo determine a los fines del mejor desarrollo organizativo de los torneos. La no concurrencia a las reuniones por parte de los delegados a las reuniones fijadas en el marco del torneo de fútbol u otras previstas por la Comisión Directiva hará incurrir al equipo del cual es parte en una multa dineraria cuyo monto será fijado semestralmente por este órgano colegiado de la Asociación.

Los equipos podrán contar con un director técnico que podrá o no ser asociado a la ADCP. En cualquier caso, para poder permanecer dentro del campo de juego, deberá contar con la credencial habilitante que le otorgue la Comisión Directiva.-

Artículo 8º: Los partidos serán de dos tiempos de treinta y cinco minutos cada uno -más el tiempo que pudiere adicionar el árbitro que dirija el encuentro de que se trate- con un descanso de cinco minutos entre los tiempos. Durante el desarrollo de los mismos, los jugadores solo podrán utilizar zapatillas comunes o de las denominadas ‘de fútbol 5’.-

Artículo 9º: Los cambios serán ilimitados hasta el momento en que comience el segundo tiempo de cada partido; y durante el segundo tiempo cada equipo podrá realizar un total de tres cambios. Un equipo podrá hacer reingresar a un mismo jugador tantas veces como lo entienda necesario, pero siempre respetando la regla precedente.-

Artículo 10º: Cada equipo participante podrá tener en cancha, al mismo tiempo, hasta un máximo de dos jugadores federados; siendo causal de pérdida de puntos la violación a esta regla. A los fines del presente reglamento debe entenderse que un jugador es federado cuando haya jugado al menos un partido de las categorías Primera y/o Reserva de cualquier torneo organizado por la Asociación del Fútbol Argentino o cualquier entidad asociada a aquella, en el término de un año anterior a la fecha de comienzo del torneo de que se trate, organizado por esta entidad. Quedan expresamente excluidos de esta previsión -pudiendo participar sin limitación de cantidad- los jugadores que se desempeñen en equipos integrantes de torneos de veteranos, en cualquiera de sus categorías, organizados por la Asociación del Fútbol Argentino o cualquier entidad asociada a aquella.-

Artículo 11º: Los equipos deberán presentarse a la hora establecida como de inicio del partido, con el margen de espera que surge del artículo siguiente, con un mínimo de siete jugadores. Para el caso que un equipo comience el partido con menos de once jugadores, los que lleguen durante la disputa del mismo podrán ingresar previo aviso al árbitro hasta completar dicho número.

La planilla de partido solo podrá ser presentada con las formalidades exigidas por la Comisión Directiva y hasta el entretiempo del partido al que corresponda.

Al equipo que no lo hiciera en el plazo y la forma previstos, se le aplicará la quita automática de puntos, dándose por ganador del partido al equipo contrario. Si los dos equipos hubieran incurrido en la misma falta se le descontará a cada uno dos puntos de la tabla general.-

Artículo 12º: El tiempo de tolerancia para el comienzo de un partido es de quince minutos respecto de la hora establecida como de inicio del mismo.-

Artículo 13º: Ante la igualdad en puntos entre equipos en cualquier fase de cualquier torneo, el sistema de desempate será el siguiente (en el orden que a continuación también se expone): 1º) Mayor cantidad de puntos en partidos disputados entre los equipos de que se trate (solo para igualdad en puntos entre dos representativos que se hubiesen enfrentado entre sí). 2º) Mayor diferencia de gol. 3º) Mayor cantidad de goles a favor. 4º) Sorteo.-

Artículo 14º: Sin perjuicio de las que surjan de las reglas particulares y/o disposiciones reglamentarias mencionadas en el artículo 1º, se establecen como penas las siguientes:

  1. a) El equipo que no se presente en los tiempos establecidos a los fines del comienzo de un partido, perderá los puntos correspondientes al partido de que se trate y deberá abonar como multa el valor de una terna arbitral; valor que será establecido por la Comisión Directiva en la oportunidad que entienda corresponder. En este caso los puntos del partido serán adjudicados al equipo que se haya presentado en tiempo y forma a la disputa del encuentro, a quien se le dará por ganado el partido por el resultado de dos a cero.
  2. b) Al equipo que no cumpla con la designación que se le hubiere impuesto, en todo o en parte, como responsable de cancha, veedor o fiscalizador, se le descontarán tres puntos.

Artículo 15º: Hasta tanto se disponga la creación de un tribunal de disciplina u órgano similar, tanto la aplicación de las penas que surgen del artículo anterior como las sanciones a quienes participen de los partidos correspondientes a los torneos que organice la ADCP, serán impuestas por su Comisión Directiva.-

Artículo 16º: Las sanciones serán impuestas al celebrarse la reunión de Comisión Directiva siguiente a la disputa del partido en que se haya cometido la falta en juzgamiento. En dicha reunión, el representante del equipo cuyo jugador hubiere cometido la falta podrá oficiar de defensor del jugador de que se trate; en tanto que el representante o delegado del equipo que en la ocasión hubiere sido su rival podrá oficiar de acusador. Sin embargo, al momento de celebrarse la votación para imponer o no sanción, ninguno de los dos podrá votar.

Para la determinación de los hechos acaecidos que sean sometidos a juzgamiento de la Comisión Directiva se tendrá por válido y sin posibilidad de cuestionamiento el informe elaborado por el árbitro del partido correspondiente.

Será obligación del capitán de cada equipo fiscalizar la confección del informe por parte del arbitro una vez finalizado el partido, no pudiendo objetarse lo allí dispuesto en otro momento ulterior.

Las sanciones con tarjeta y contenido de los informes no podrán ser modificados en reuniones de Comisión Directiva ni en ningún otro ámbito.-

Artículo 17º: La sanción que se imponga de conformidad a lo reglado por los artículos 14º, 15º y 16º, será inapelable y quedará notificada a todos los equipos participantes del torneo en la misma reunión en que sea impuesta; esto último independientemente de que en esa reunión no haya representante de algún equipo, siendo la ausencia a la reunión de que se trate exclusiva responsabilidad del equipo que no se encuentre representado.-

Artículo 18º: Sin perjuicio de lo establecido en el artículo precedente, la Comisión Directiva podrá dar a publicidad las sanciones de la forma y en los tiempos que estime pertinentes.

Será responsabilidad de los equipos controlar las irregularidades en la confección de la planilla de partida del equipo contrario en cuanto a la inclusión de jugadores sancionados. Detectada la irregularidad, el delegado del equipo contrario deberá denunciar tal situación a la Comisión Directiva en la reunión posterior al partido disputado. De ser corroborada la misma, corresponderá dar por ganado el partido al equipo reclamante por el resultado de dos a cero.-

Artículo 19º: La Comisión Directiva es el único órgano facultado para resolver, de la forma que considere más ajustada a las normas estatutarias en vigencia, cualquier situación que no se encuentre contemplada en el presente reglamento; ello sin perjuicio de la aplicación de las reglas particulares y/o disposiciones reglamentarias mencionadas en el artículo 1º.-

Artículo 20°: Será facultad de la Comisión Directiva establecer en que agrupamiento deberá ser incluida cualquier profesión que no se encuentre incorporada a los agrupamientos que surgen del Anexo del presente reglamento.-

CLAUSULAS TRANSITORIAS

Artículo 21º: A los fines de la adecuación de los equipos participantes en los torneos de fútbol a lo dispuesto en los artículos 2° y 3°, considérese como entrada en vigencia de tales disposiciones el inicio del Torneo Clausura 2012. Los equipos que ya se encuentren participando en los torneos de fútbol organizados por la ADCP quedarán, si así lo dispusieren sus integrantes, con sus actuales conformaciones sin ser objeto de modificación alguna, sin la necesidad de realizar cambios en sus estructuras a los efectos de su adecuación a estas normas.-

Artículo 22°: Los equipos que queden conformados en el estado en que se encuentran, deberán elegir el agrupamiento de los que surgen del Anexo del presente, al que corresponderán.-

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